Las acciones pueden incluir (no se limitan a):
• la recogida de muestras o datos sobre el terreno, y el tratamiento de muestras que queden fuera del ámbito de aplicación de los programas nacionales de recogida de datos
• armonización o mejora de los protocolos
• ensayos, metaanálisis, modelización, desarrollo de metodologías para la evaluación de poblaciones
• validación o preparación de datos para alimentar los modelos
• ampliar las bases de datos actuales
• vincular las iniciativas existentes y desarrollar actividades de creación de redes entre científicos de la UE y/o con la industria pesquera de la UE.
Las propuestas deben ser presentadas por un consorcio de al menos 2 entidades independientes de 2 Estados miembros de la UE diferentes. Los beneficiarios y entidades afiliadas deben ser:
• Personas jurídicas (organismos públicos o privados)
• Centros de investigación, institutos, universidades, fundaciones y organismos científicos que se dediquen principalmente a las ciencias pesqueras o a las ciencias marinas aplicadas a la gestión de la pesca.
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