Actuaciones subvencionables:
Serán actuaciones subvencionables:
- Los gastos derivados del acto clínico para la esterilización quirúrgica de los animales con la doble finalidad de evitar su reproducción incontrolada y la promoción de su adopción.
- Los gastos derivados del acto clínico para la identificación animal mediante la implantación de microchip.
- Los gastos derivados del mantenimiento de los animales derivados de la compra de alimento comercial seco y/o húmedo específico, con la finalidad de alcanzar un estado nutricional óptimo.
- Los gastos derivados de la aplicación de las medidas profilácticas necesarias para garantizar el buen estado físico y sanitario del animal y la prevención de enfermedades infecto-contagiosas, relativos a la vacunación preventiva y a la desparasitación externa e interna de los animales.
Entidades beneficiarias:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales que en su ámbito territorial correspondiente presten el servicio de recogida y acogimiento de animales y/o la gestión de colonias felinas, por sí mismas o asociadas, en régimen de gestión directa o indirecta mediante su contratación con empresas privadas autorizadas para ese fin.
También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de entidades locales (agrupación, asociación, mancomunidad, consorcio, fusión o cualquier otra similar).
Cuantía de la ayuda:
- Gastos derivados del acto clínico veterinario de la esterilización quirúrgica:
- Animales esterilizados de la especie canina: hasta un máximo de 50 €/animal.
- Animales esterilizados de la especie felina: hasta un máximo de 30 €/animal.
- Gastos derivados del acto clínico veterinario para la identificación animal: hasta un máximo de 20 €/animal identificado.
- Gastos derivados del mantenimiento de los animales derivados de la compra de alimento comercial seco y/o húmedo específico:
- Animales de la especie canina: hasta un máximo de 20 €/animal
- Animales de la especie felina: hasta un máximo de 15 €/animal.
- Gastos derivados da aplicación de medidas profilácticas: hasta un máximo de 30 €/animal recogido en un centro autorizado o en una colonia felina.
Solicitudes:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través la sede electrónica de la Xunta de Galicia.