Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en estas normas reguladoras, los titulares de explotaciones ganaderas situadas en la Comunidad de Madrid, que cumplan los siguientes requisitos:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en estas normas reguladoras, los titulares de explotaciones agrícolas situadas en la Comunidad de Madrid con derecho a cobrar la PAC en 2023 en la Comunidad de Madrid y que cumplan los siguientes requisitos:
Dotación económica:
En el caso de los ganaderos, serán subvencionables las cabezas de ganado explotadas en régimen extensivo y semi-extensivo, cuyas superficies de pastos se han visto afectadas por la sequía, calculándose las ayudas en función de los animales determinados por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y que serán los calculados a partir de la solicitud unificada 2022.
Los importes unitarios de las ayudas para los ganaderos que presentaron la solicitud unificada en 2022 serán:
Solicitudes:
Las solicitudes de participación se presentarán por medios electrónicos en el portal de administración electrónica de la Comunidad de Madrid que encontrarás en el siguiente enlace.
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