Requisitos de los solicitantes:
Los solicitantes de las ayudas deberán ser Socio Ordinario de la SEBBM con una antigüedad de al menos dos años.
Se podrán pedir estas ayudas anualmente pero se priorizarán, en caso de necesidad, las solicitudes de ayuda de los socios que no hayan recibido ninguna ayuda en el último año.
Solicitudes:
La convocatoria se encuentra abierta de forma permanente, sin fecha fin para la presentación de solicitudes. La solicitud deberá ser enviada con una anticipación de al menos tres meses para poder ser evaluadas por la Junta Directiva de la SEBBM. Esta se reúne en abril, julio, septiembre y noviembre.
La solicitud deberá ser enviada a la Secretaría Administrativa de la SEBBM a través del formulario de solicitud de ayudas que encontrarás en el siguiente enlace.
Criterios de evaluación:
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