Beneficiarios:
Pueden solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas y/o jurídicas, públicas y/o privadas de como máximo 8 integrantes. Los integrantes de la agrupación deberán disponer de la estructura y medios necesarios para llevar a cabo los proyectos objeto de la convocatoria.
Los integrantes del grupo operativo deben pertenecer al sector agroalimentario y forestal, al sector investigador o del conocimiento o a cualquier otro organismo que desempeñe un papel en la ejecución del proyecto.
Proyectos:
Requisitos generales de los proyectos:
a) Deben estar orientados a beneficiar a todo un sector o subsector en el ámbito nacional:
La producción, distribución o comercialización de productos, bienes o servicios con valor económico y dirigidos al mercado por los sectores agrícola, agroalimentario o forestal, considerados sensu stricto.
La producción, distribución o comercialización de bienes o servicios con valor económico y dirigidos al mercado por los subsectores económicos conexos con los sectores agrario, agroalimentario o forestal, cuando se justifique que la innovación perseguida supondrá una oportunidad clara y relevante para los sectores agrícola, agroalimentario o forestal.
La generación por el sector agrario, forestal o la industria agroalimentaria y las comunidades rurales, de bienes o servicios públicos no dirigidos al mercado o al logro de objetivos económicos, tales como, la mitigación del cambio climático, los proyectos y prácticas agro y silvoambientales, el fomento de la biodiversidad, los servicios ecosistémicos y provisión de otros bienes públicos, la conservación y mejora del suelo y la conservación de paisajes agrícolas, así como la contribución a la resiliencia de las comunidades rurales, la incorporación de mujeres a las mismas, su capacidad de emprendimiento, y la mejora de su calidad de vida.
b) Las actividades deben ejecutarse materialmente en dos o más comunidades autónomas, no siendo admisibles proyectos que vayan a ser objeto de aplicación completa en una sola comunidad.
c) La transferencia de conocimientos e información sobre sus resultados tendrá alcance nacional.
Importe:
La cuantía máxima es de 600.000 por grupo operativo.
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