Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las personas emprendedoras, reemprendedoras y relevistas empresariales definidas en la base segunda de las reguladoras de estas ayudas, que hayan causado alta como trabajador en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023 para el desarrollo de la actividad económica objeto del proyecto empresarial, reuniendo asimismo los demás requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Cuantía:
La cuantía total máxima autorizada será de 500.000,00 € (quinientos mil euros).
La cuantía de la subvención a percibir por los beneficiarios de los colectivos indicados en la base segunda de las reguladoras de la subvención, será de 10.000,00 euros.
Plazos de entrega de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes comenzó el 11 de mayo de 2023 y finalizará el 7 de septiembre de 2023.
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