Esta convocatoria está orientada al tejido industrial en el marco del PERTE Salud de Vanguardia, formando parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por fondos europeos.
En la línea de Investigación, Desarrollo e Innovación, podrán ser objeto de ayuda los proyectos de investigación industrial, los proyectos de desarrollo experimental y/o los proyectos de innovación en materia de organización y procesos que cumplan lo establecido en el artículo 6 de la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio. Se considerará, que las siguientes acciones de I+D+i en el marco de esta inversión, cumplen lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1): las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión, dedicadas a aumentar sustancialmente la sostenibilidad medioambiental de las empresas (como la descarbonización, la reducción de la contaminación y la economía circular) si el objetivo principal de las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión, es desarrollar o adaptar alternativas con el menor impacto medioambiental posible en el sector.
En el caso de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, la memoria presentada junto a la solicitud deberá especificar entre los entregables previstos del proyecto, al menos un análisis/evaluación completa de los resultados y de los siguientes pasos, así como una evaluación de la posibilidad de implementar los resultados en el proceso de producción o en otros procesos.
En el caso de proyectos de innovación, la memoria presentada junto a la solicitud, deberá especificar entre los entregables previstos para el proyecto, al menos, un análisis de impacto cualitativo y cuantitativo de las innovaciones aplicadas en la organización o en los procesos.
En la línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética, serán susceptibles de ayuda, las inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente, a medidas de ahorro energético o energías renovables en los términos y condiciones establecidos en el artículo 6 de la orden ICT/789/2021, de 16 de julio.
Vetinnova © 2025