Requisitos:
— Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Licenciado o Grado en Veterinaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.
— Ostentar la categoría profesional de Titulado Superior, Grupo I, Nivel 9, Área B o D, como personal laboral fijo.
De acuerdo con lo recogido en la disposición transitoria segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la condición de personal laboral fijo se tiene que cumplir a 13 de mayo de 2007. En el caso de las categorías a extinguir y puestos funcionales recogidos como tales en el correspondiente catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización, ostentar la categoría profesional específicamente incluida en el mismo y cuyo Cuerpo de Funcionarización sea el de Técnico Superior de Salud Pública-Veterinaria. Asimismo, las personas en excedencia voluntaria o por incompatibilidad que deseen participar en el proceso selectivo regulado en la presente Orden deberán igualmente encontrarse incluidas en el correspondiente catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización que recoge específicamente esta situación, ostentar la categoría profesional específicamente incluida en el mismo y cuyo Cuerpo de Funcionarización sea el de Técnico Superior de Salud Pública-Veterinaria.
— Encontrarse incluido su puesto en el catálogo definitivo de puestos susceptibles de funcionarización en el Cuerpo de Funcionarización de Técnico Superior de Salud Pública-Veterinaria.
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