Requisitos de las personas aspirantes.
1. Tener la nacionalidad española.
También podrán participar, en igualdad de condiciones que las personas con nacionalidad española, a excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a) Las personas nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
d) Las personas extranjeras con residencia legal en España.
Las personas aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como las personas extranjeras incluidas en los apartados c) y d), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.
2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría y grupo profesional convocada, identificada en la base primera de la presente convocatoria.
3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
5. Estar en posesión, o en condiciones de obtener, título de Licenciatura o Grado en Veterinaria.
En el caso de titulaciones obtenidas fuera de España deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de la cualificación profesional de títulos en aplicación de la normativa de la Unión Europea.
6. No ostentar la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional objeto de la convocatoria, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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