Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las entidades a las que pertenezcan los centros o las unidades definidos en el artículo 5, letras b) y c), de la resolución de convocatoria, y que estén incluidas en la siguiente relación:
a) Organismos públicos de investigación.
b) Universidades públicas y privadas.
c) Otros centros públicos de I+D y centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro.
Dotación económica: La cuantía máxima destinada a financiar estas ayudas será de 40.000.000,00 euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2022 y equivalentes que la sustituyan en ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
La cuantía individual de cada ayuda será de 4.000.000,00 euros en el caso de los «Centros de Excelencia Severo Ochoa» acreditados y de 2.000.000,00 euros en el caso de las «Unidades de Excelencia María de Maeztu» acreditadas. No obstante, la cuantía individual anterior podrá resultar un 10% inferior, conforme con lo dispuesto en el artículo 10.3 de la resolución de convocatoria. En el caso de los centros y unidades sin acreditación, la cuantía individual de cada ayuda será de 400.000,00 euros y de 200.000,00 euros, respectivament
Plazo de solicitud: será del 20 de enero al 10 de febrero de 2021, a las 14:00 horas (hora peninsular española).
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