Beneficiarios:
a) Las empresas de capital extranjero, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de la concesión.
b) Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero, pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.
Dotación económica:
1. El límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 200.000 euros. En este sentido, se debe tener también en cuenta las reglas de acumulación por beneficiario en el periodo de 3 ejercicios fiscales descritas en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de minimis.
2. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas en la presente convocatoria será de dos millones euros (2.000.000 euros) en total para el conjunto de las Comunidades Autónomas referidas en la convocatoria.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria y se cerrará a los 30 días naturales (a las 23:59, hora local) a contar también desde el día siguiente a la publicación del extracto en el mencionado Boletín.
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