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Jornada sobre nuevos aspectos a considerar en convocatorias de ayudas

Tendrá lugar el próximo viernes, 1 de abril de 2016 en ICEX España Exportación e Inversiones, Madrid. El objetivo es conocer los nuevos aspectos a tener en cuenta de manera obligatoria en todas las convocatorias de actividades que conlleven ayuda a empresas como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo período FEDER 2013-2020.

Período: 01/04/2016 - 01/04/2016 Entidad Financiera: ICEX España Exportación e Inversiones Ministerio de Economía y Competitividad - MINECO Tipo de ayuda: Jornadas y cursos Beneficiarios: Empresas interesadas   Más información
Dichas convocatorias tendrán que seguir siendo aprobadas en Subcomisión de Ayudas:

1.- PONDERACIÓN/BAREMACIÓN DE SOLICITUDES
Todas las convocatorias de participación en actividades incluidas en Planes Sectoriales negociados por las Entidades Colaboradoras e ICEX y aprobados en Consejo de Administración que conlleven ayuda a las empresas participantes, habrán de seguir incluyendo los criterios de selección de las empresas a participar en la actividad en cuestión. De manera adicional, habrá de especificarse la ponderación o baremo que se asigna a estos criterios (puntuación que se asigna a cada criterio sobre un total), excepto en el caso en el que el único criterio de selección sea el orden de recepción de la documentación exigida en la convocatoria para realizar la inscripción en la actividad. En este último caso, habrá de acreditarse expresamente la fecha de recepción de las solicitudes.

2.- FECHA DE APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Todas las convocatorias del tipo referido en el apartado anterior, deberán incluir un apartado específico donde se señale número y fecha del Acta de la Subcomisión de Ayudas de ICEX en la que haya sido aprobada la convocatoria en cuestión.

3.- GASTOS DE GESTIÓN DE LA AYUDA ICEX
En el caso de que la Entidad Colaboradora cobrase a las empresas beneficiarias de la ayuda gastos por gestión de la misma (nunca superiores al 15% de la ayuda concedida), deberán ser los mismos tanto para empresas asociadas como no asociadas.

4.- MODIFICACIÓN TÉRMINOS CONVOCATORIA
Será obligatorio incluir un párrafo donde se indique: "Toda modificación que pudieran sufrir las condiciones recogidas en la convocatoria aprobada en Subcomisión será comunicada a ICEX siempre con carácter previo a la celebración de la actividad, para lo que será necesaria la elaboración de la correspondiente addenda donde queden reflejadas dichas modificaciones. Esta addenda será aprobada asimismo en la correspondiente Subcomisión de Ayudas".

5.- REGISTRO DE SOLICITUDES
Aprobada la convocatoria de ayuda, una vez llevada a cabo la actividad y de manera previa al pago de la ayuda aprobada, la Entidad Colaboradora deberá hacer llegar a ICEX un registro de todas las solicitudes de participación recibidas donde queden identificados los datos de cada empresa solicitante, fecha de solicitud, aceptación o denegación de la misma, motivo de la denegación, en su caso, e importe de la ayuda. A falta de determinar la vía definitiva, el envío de dicho registro podrá ser o correo electrónico a ICEX o incluido como documentación a adjuntar en el proceso de justificación de la ayuda. En todo caso, habrá de quedar claramente identificada la persona y cargo en la Asociación que envía el correo o adjunta la documentación.

6.- CONVOCATORIA TIPO
Con el objeto de facilitar la elaboración de convocatorias de ayudas y tratando de evitar en la medida de lo posible incidencias y no conformidades, desde ICEX estamos barajando la posibilidad de elaboración de convocatorias tipo que, en caso de ser aprobado, se hará llegar a las Entidades Colaboradoras para su utilización.
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