Tipos de proyecto:
Proyectos destinados a la ampliación y/o modernización en los siguientes sectores y ámbitos de actividad:
• Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. Las inversiones relacionadas con la utilización de la madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de segunda transformación.
• Transformación y/o comercialización de productos agrarios, cuando el producto final del proceso derivado de las inversiones no esté incluido en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Excluidos los proyectos con presupuesto superior a 30.000 €.
• Actividades de ocio, recreativas y deportivas; actividades artesanales; actividades basadas en la innovación tecnológica y comercio electrónico; comercio al por menor de productos no incluidos en el anexo I; actividades en los sectores de ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria; prestación de servicios sociales y de servicios en cualquier sector económico con alguna excepción.
Requisitos de los proyectos:
• Efecto incentivador, con un presupuesto de entre 10.000 y 300.000 € (excepto sector de artesanía).
• Deberá mejorar el rendimiento global de la empresa, alcanzando alguno de los siguientes objetivos: aumentar la competitividad de la empresa, reducir los costes, aumentar el valor añadido, reducir el impacto ambiental, mejorar la trazabilidad y seguridad o calidad de las producciones, diversificar las producciones y/o los mercados, mejorar la comercialización de las producciones o realizar nuevas implantaciones.
• Deberán desarrollarse en Galicia, fuera de las zonas clasificadas como densamente pobladas.
Conceptos financiables:
Dotación económica: Subvención a fondo perdido, sujeta al régimen de mínimis. La ayuda será del 45 % de los gastos subvencionables.
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