Se subvenciona la contratación de un doctorando o doctoranda para la realización, en colaboración con una universidad, de un proyecto de investigación en el que se enmarcará su tesis doctoral y que resultará de interés para la entidad contratante. La ayuda se extenderá también a los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado y a los gastos de movilidad (alojamiento, manutención y locomoción) necesarios para acudir a otras entidades de investigación.
Entidades beneficiarias:
1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas, privadas o públicas, y los organismos de investigación y difusión de conocimientos (excluidas las universidades) que contraten a una persona doctoranda y reúnan los siguientes requisitos:
• Tener centro de trabajo en Navarra y que el puesto de trabajo cuyo contrato sea objeto de subvención se desarrolle en el mismo.
• Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
• No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la "Declaración responsable" que se incluye en el formulario de solicitud.
2. La definición de "organismo de investigación y difusión de conocimientos" será la establecida en el apartado 83) del artículo 2 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Diario Oficial de la Unión Europea L187 de 26 de junio de 2014).
3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se acreditará mediante una declaración responsable de las entidades solicitantes que acompañará a la solicitud telemática de las ayudas
Duración: Las ayudas comprenderán un máximo de 36 meses de contrato, divididos en tres periodos de 12 meses (en adelante, anualidades 2018, 2019 y 2020). A efectos del cómputo de las anualidades, se considerará como fecha de inicio de la primera anualidad la del inicio del contrato.
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