Los objetivos científicos que se pretenden alcanzar son:
• Promover el intercambio y la difusión del conocimiento científico.
• Consolidar la actividad investigadora y complementar la realización de los proyectos de investigación que han obtenido financiación en otras convocatorias competitivas.
• Integrar la investigación de las Illes Balears, fomentar el intercambio y la transferencia del conocimiento entre los grupos de investigación de las Illes Balears y entre estos y la empresa, y potenciar la interdisciplinariedad entre los grupos de investigación y en los mismos grupos.
• Propiciar un incremento del potencial científico y tecnológico de las Illes Balears.
Pueden ser objeto de las ayudas los tipos de actuaciones o líneas de financiación siguientes:
• Línea A: actuaciones de preparación de propuestas para la participación de equipos de investigación en proyectos internacionales, en especial en el programa «Horizonte 2020».
• Línea B: acciones concretas de política científico tecnológica que presenten una urgencia o un interés especiales o que ayuden a complementar y consolidar proyectos competitivos de investigación. Se prevé financiar tanto actuaciones concretas en el marco de programas nacionales o internacionales como cualesquiera otros que, por razón de la temática o la oportunidad, contribuyan a mejorar el desarrollo de los objetivos de la estrategia de especialización inteligente en investigación e innovación de las Illes Balears (RIS3, versión actualizada) o del Plan de Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento de las Illes Balears 2013-2017. Hay que remarcar la necesidad de que sean actuaciones concretas; en esta línea, no se aceptan propuestas de grandes dimensiones y alcance científico, propias de los proyectos de investigación.
• Línea C: actuaciones de colaboración entre grupos de investigación de carácter científico-técnico (redes, grupos interdisciplinarios, agendas, etc.). Se incluyen todas las actuaciones que tengan como finalidad colaborar e intercambiar conocimientos entre los grupos de investigación del sistema de ciencia, tecnología e innovación de las Illes Balears, y fomentar el inicio de nuevas actuaciones concertadas con grupos de distintas instituciones de las Illes Balears o con grupos de investigación de fuera de las Illes Balears.
• Línea D: actividades de difusión y explotación de los resultados de la I+D+I, como publicaciones de resultados en revistas científicas, publicaciones en libros, difusión de los resultados en prensa, etc. Quedan excluidos el desplazamiento y la asistencia a ferias, las patentes, la publicidad de tecnología y otras actuaciones que tengan el objetivo de mejorar la venta y la comercialización de un producto o una tecnología.
• Línea E: actuaciones de refuerzo de las necesidades en equipos tecnológicos e infraestructura destinados a la investigación, así como de documentos electrónicos (páginas, portales) capaces de contener texto, sonido, vídeo, programas, enlaces, imágenes, etc.
• Línea F: organización de congresos, seminarios, jornadas y, en general, reuniones de temática científica y tecnológica
Beneficiarios:
• Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las personas físicas y las personas jurídicas privadas o públicas, lo cual incluye las universidades, los centros de investigación, los centros tecnológicos y otros centros públicos (docentes y no docentes), que lleven a cabo la actividad, o el objeto que fundamente esta subvención.
• Las personas vinculadas estatutariamente o contractualmente a las entidades mencionadas en el apartado anterior pueden presentar propuestas ante su organismo, como investigadoras responsables de la ejecución científico-técnica. Las personas tendrán que estar vinculadas a la entidad beneficiaria de la ayuda como personal activo, mediante una relación funcionarial, estatutaria o laboral (indefinida o temporal). A tal efecto se consideran asimiladas a la entidad beneficiaria otras entidades que tengan con el beneficiario una relación o vinculo de carácter jurídico no contractual recogido en sus estatutos, en escritura pública, en documento análogo de constitución o en un convenio o acuerdo general de colaboración, previo a la publicación de la presente convocatoria. La expectativa de nombramiento o contratación por parte de la entidad beneficiaria con motivo de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva se considerará vinculación suficiente.
• En el marco de esta convocatoria no se puede otorgar más de una ayuda por acción ni por responsable de proyecto.
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