Tipos de proyecto: Serán subvencionables, los proyectos y actuaciones que se incluyan en alguna de las siguientes categorías: máquinas eléctricas, sistemas térmicos, equipos de cogeneración, regulación y control de las instalaciones, alumbrado exterior, iluminación interior, actuaciones en edificios y generación eléctrica para autoconsumo.
Requisitos de los proyectos:
• Las actuaciones subvencionadas deberán tener un presupuesto no inferior a 25.000 € (IVA no incluido).
• El plazo de ejecución se iniciará al día siguiente de la fecha de aceptación de la subvención y será el establecido por el solicitante en la solicitud, siendo el plazo máximo de ejecución de 3 meses.
• Los incentivos concedidos deberán tener carácter finalista. Es decir, los incentivos concedidos tendrán una finalidad concreta en el ámbito del ahorro y la eficiencia energética, en ningún caso se concederán incentivos a la actividad general de la empresa o constitución de nuevas empresas.
Conceptos financiables: Los conceptos subvencionables que integrarán el coste total subvencionable, serán aquellas inversiones que de manera indubitada respondan al objeto de la subvención, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido. En ningún caso se considerarán conceptos subvencionables los siguientes: inversiones en bienes inmuebles, inversiones en obra civil e instalaciones complementarias, equipos informáticos, impuestos indirectos cuando seas susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta y estudios, informes y/o proyectos.
Dotación económica: El porcentaje máximo de subvención de un proyecto será del 80% sobre el coste total subvencionable, con el límite en la cuantía final de 20.000€
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