Tipos de proyecto:
• Línea I de ayuda a la inversión en equipos productivos. Proyectos dirigidos a inversiones en maquinaria y otros bienes de equipo para ampliaciones de capacidad, diversificación de la producción o cambio esencial en el proceso de producción de un establecimiento existente.
• Línea II de ayuda a inversiones generadoras de empleo. Proyectos dirigidos a inversiones en obra civil y maquinaria y otros bienes de equipo para la creación de un nuevo establecimiento o ampliación de uno ya existente que presentan un potencial de creación de empleo directo e indirecto.
Requisitos de los proyectos:
• El proyecto debe realizarse en un centro de trabajo ubicado en Galicia y tener efecto incentivador.
• Se debe aportar para el proyecto de inversión una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de al menos un 25 % de los costes subvencionables.
• Proyectos de inversión en equipos productivos: La inversión subvencionable deberá ser igual o superior a 50.000 € e inferior a 900.000 €. El plazo de ejecución del proyecto no podrá ser superior a 6 meses.
• Proyectos de inversión generadores de empleo: El límite de la inversión subvencionable es función de las características del proyecto. El plazo de ejecución del proyecto no podrá ser superior a 12 meses.
Conceptos financiables:
• Línea I: maquinaria de proceso, instalaciones específicas, equipos y medios de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo.
• Línea II: Obra civil, adquisición de nuevas construcciones, bienes de equipo, inversiones en activos fijos materiales, activos inmateriales y reformas de instalaciones en inmuebles arrendados.
Dotación económica: En el caso de pequeñas empresas, la subvención será de hasta el 20% (Línea I) o el 35%(Línea II). El porcentaje de ayuda para medianas empresas es de hasta el 10% en el caso de la Línea de ayudas I o hasta el 25% para la Línea II.
Plazo de presentación: El plazo de presentación está abierto actualmente y finalizará cuando se agote el crédito presupuestario o el 30/12/2017. En el supuesto de existir remanente de crédito cuando finalice el plazo, podrá ampliarse el plazo anterior hasta el 31/03/2018.
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