Beneficiarios: Sociedades válidamente constituidas que no formen parte del sector público, y desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera).
Tipos de actuaciones financiables:
Podrán ser objeto de apoyo financiero las inversiones industriales de las siguientes tipologías:
• Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
• Traslado: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
• Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. A efectos de clasificación del proyecto, se entenderá por implantación de una nueva línea de producción a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto. Quedan fuera de esta definición las actuaciones sobre una línea existente, como pueden ser las sustituciones de maquinaria y elementos auxiliares de producción, las adaptaciones o mejoras de éstas.
• Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes. Las implementaciones de tecnologías de la "Industria Conectada 4.0." pueden formar parte de las inversiones de cada una de las tipologías anteriores.
Las inversiones industriales de cualquiera de las anteriores tipologías deberán ser viables técnicamente según el estado o situación actual de la tecnología a escala industrial.
La ayuda tendrá forma de préstamos reembolsables de hasta el 75 % de la inversión financiable con un plazo de amortización total de diez años y tres años de carencia.
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