Se destinarán catorce ayudas a titulados superiores universitarios que quieran hacer una tesis doctoral con el objetivo de formarse en investigación científica y técnica, de acuerdo con las actuaciones siguientes:
Modalidades Modalidad A (FPI): estas ayudas tienen como objeto la formación de doctores mediante el cofinanciamiento de contratos laborales, bajo la modalidad de contrato predoctoral, del personal investigador en formación en centros de I+D, que quieran hacer una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación financiado por proyectos de I+D subvencionados por un organismo competente mediante una convocatoria pública competitiva.
Modalidad B (FPI-E): estas ayudas tienen como objetivo la formación de doctores en empresas mediante el cofinanciamiento de los contratos laborales del personal investigador en formación que participen en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrollen en una empresa, en el cual se tiene que enmarcar la tesis doctoral, para favorecer la inserción laboral de investigadores en las empresas desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores y promover la incorporación de talento en el tejido productivo para elevar la competitividad de este. El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se puede ejecutar totalmente o parcialmente en la empresa o en colaboración entre la empresa y otra entidad, pública o privada.
Características de las ayudas:
• Estas ayudas para la formación de personal investigador se tienen que formalizar por medio de un contrato predoctoral en formación con la entidad a la cual se adscribe el personal investigador en formación.
• El periodo para disfrutar de la ayuda empieza el 1 de diciembre de 2017 y finaliza, como máximo, el 30 de noviembre de 2021.
• La duración de este contrato no puede exceder los cuatro años. No obstante, si el contrato se concierta con una persona con discapacidad, puede llegar a una duración máxima de seis años, incluidas las prórrogas, teniendo en cuenta las características de la actividad investigadora y el grado de las limitaciones para llevarla a cabo.
• En caso de que la persona seleccionada haya disfrutado de una ayuda de características similares, la duración de este contrato anterior se tiene que descontar de la duración total del contrato formalizado a raíz de esta convocatoria.
• Las personas que ya tengan un título de doctor no pueden participar en esta convocatoria.
• Con el objetivo de financiar la contratación laboral, el personal investigador en formación que haya obtenido el título de doctor antes del inicio de la última anualidad de la ayuda, puede disfrutar de un periodo de orientación posdoctoral (POP) de un año de duración. La dotación económica de este POP tiene que ser la misma que se destina al personal investigador en formación.
• Dado que estas ayudas tienen carácter de iniciación y formación en la investigación, la finalización del periodo de disfrute implica la imposibilidad de volver a conceder a las personas que han sido beneficiarias otra ayuda para la formación de personal investigador de los programas del Plan de Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento de las Illes Balears.
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