Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas del sector privado, cualquier que sea su forma jurídica, que ejerzan alguna actividad económica en el sector agrícola, alimentario y forestal. Se excluyen las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad jurídica. Las beneficiarias deberán tener la consideración de:
• Pequeña y mediana empresa.
• Gran empresa, que deberá colaborar con una pequeña o mediana empresa en la actividad para la que se solicite la ayuda, y la pequeña o mediana empresa debe asumir financieramente, como mínimo, el 30% del total de los costes subvencionables.
Requisitos de los proyectos: Las actividades subvencionables se desarrollarán en un establecimiento incluido en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias del País Vasco; garantizar la contribución propia a los gastos del proyecto de, al menos, el 25% de la inversión subvencionable; efecto incentivador; cumplimiento con la normativa medioambiental e higiénico-sanitaria en vigor; proyecto con carácter innovador y novedoso demostrable; proyecto viable económicamente.
Conceptos financiables:
• Gastos de personal (investigadores, técnicos) con un límite del 10% del total de los gastos elegibles.
• Bienes de equipo durante el período en que se utilicen para el proyecto.
• Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.
• Coste de edificios (compra o acondicionamiento) y de terrenos (acondicionamiento) durante el período en que se utilicen para el proyecto.
• Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros. Limitados a un 10% del total de los gastos elegibles.
Dotación económica: Concesión de préstamos de interés cero, hasta un montante máximo del 75% de los costes subvencionables aprobados. El umbral máximo de ayuda por empresa y proyecto a los proyectos de innovación en materia de procesos, no superará el importe de 600.000 euros. La intensidad de las ayudas, en Equivalente Bruto de Subvención (EBS), a los proyectos de innovación en materia de procesos será, como máximo, la siguiente: El 50% de los costes subvencionables para las PYME y el 15% de los costes subvencionables para las grandes empresas.
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