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Incentivar la creación y desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras (JEIs)

Subvenciones fomento de la investigación, desarrollo e innovación - Programa 4 (2017). Dotación económica: 1.000.000€
Período: 22/03/2017 - 30/11/2017 Entidad Financiera: Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja Tipo de ayuda: Convocatorias - Subvención Beneficiarios: Pequeñas empresas, jóvenes e innovadoras   Más información

Los proyectos (Plan de Empresa) podrán corresponder a alguna de las siguientes tipologías:

     
  • La creación y desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras (JEIs).
     
  • La creación y desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras de los sectores de alta, media-alta tecnología, y servicios de alta tecnología o punta.

Los proyectos (Planes de Empresa) podrán corresponder a una primera o segunda fase, siempre dentro del plazo de los 5 años en los que la empresa tenga la consideración de nueva, según se establece en el apartado a) del Anexo III de la convocatoria. En una primera fase se aprobarán y financiarán un máximo de 2 años de actividad.

Serán susceptibles de ayuda:

a) Para aquellos Planes de Empresa de una primera fase cuya inversión presentada total, sea inferior a 200.000 euros:

     
  • Los costes de puesta en marcha y funcionamiento, tales como: los costes de personal propio de la empresa para el desarrollo de la actividad innovadora o investigadora; el coste de nuevo instrumental y equipo de laboratorio; los materiales, fungibles o no, que sean necesarios y dedicados en exclusiva al desarrollo de la actividad innovadora o investigadora; las colaboraciones externas; y los gastos generales.
     
  • Aquellos nuevos elementos activos materiales e inmateriales necesarios para el desarrollo del Plan de empresa definido, como puedan ser equipos, maquinaria, instalaciones, e infraestructuras, incluido el diseño y desarrollo de páginas web. También se admitirá la creación de estructuras de I+D+i tales como unidades de I+D+i y estructuras de investigación como laboratorios e instalaciones de ensayo.

b) Para el resto de casos: primeras fases cuya inversión presentada total sea igual o superior a 200.000 euros, o segundas fases:

     
  • Los costes de personal propio: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, propio de la empresa para el desarrollo de la actividad innovadora o investigadora descrita en el Plan de Empresa.
     
  • Los costes indirectos calculados sobre un porcentaje del 10% sobre los gastos de personal anteriores.
     
  • Aquellos nuevos elementos activos materiales e inmateriales necesarios para el desarrollo del Plan de empresa definido, como puedan ser equipos, maquinaria, instalaciones, e infraestructuras, incluido el diseño y desarrollo de páginas web. También se admitirá la creación de estructuras de I+D+i tales como unidades de I+D+i y estructuras de investigación como laboratorios e instalaciones de ensayo.

Dotación económica: 1.000.000 euros€

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