Beneficiarios:
• Centros públicos de I+D+i, Las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, los centros de I + D+ i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, y los centros de I+D+i vinculados o dependientes de administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D+i, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sean mayoritariamente de las Administraciones Públicas.
• Centros privados de investigación y desarrollo universitarios: universidades privadas, sus departamentos, o centros universitarios privados de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
• Y el resto de beneficiarios relacionados en el Apartado 6 de la Orden 1498/ 2009 de 21 de mayo.
Otros datos:
• Los proyectos susceptibles de beneficiarse de este régimen de ayudas habrán de ser de investigación orientada a la adquisición de nuevos conocimientos científicos aplicables a los principios que orientan la naturaleza y función de los parques nacionales.
• Los proyectos deberán referirse a uno o varios de los Parques Nacionales incluidos en la Red de Parques Nacionales.
• Los proyectos tendrán una duración de tres años.
Dotación económica: El presupuesto disponible en esta convocatoria anticipada es de 1.144.511,15€
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