Beneficiarios:
- Podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 5.2 de la Orden de bases reguladoras, que puedan llevar a cabo los proyectos objeto de ayuda.
- Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas autónomas entre sí, de las cuales al menos una de ellas ha de ser grande o mediana y otra ha de ser PYME. El número máximo de empresas integrantes de la agrupación será de seis.
- Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación, ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas, podrá superar el 70% del presupuesto financiable del proyecto.
Dotación económica: La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria para el periodo 2018-2020 es de 50.000.000 euros en concepto de subvenciones. Las ayudas serán cofinanciadas con cargo a los fondos FEDER, a través del "Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020" de los Fondos FEDER.
Plazo de solicitud:hasta el 5 de junio de 2018, a las 12:00 horas, hora peninsular.