Las entidades beneficiarias, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el
Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. Adicionalmente, deberán cumplir las condiciones recogidas en el artículo 2.a) de las bases reguladoras y los requisitos
específicos establecidos en la resolución de convocatoria.
Dotación económica: La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es 187 millones de euros, que se distribuyen conforme a la siguiente estimación: 27 millones de euros en subvención y 160 millones de euros en anticipo reembolsable FEDER y préstamo.
Plazo de solicitud: Hasta el 26 de junio de 2018 a las 15:00 horas (hora peninsular española).
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