Dotación económica: El importe de la partida presupuestaria destinada a las ayudas y/o subvenciones objeto del presente documento se aprobará anualmente incluida en el acuerdo de aprobación de los presupuestos del Consejo General, cuya competencia corresponde a la Asamblea General de Presidentes de Colegios.
Presentación de solicitudes: Las solicitudes de concesión de ayudas y/o subvenciones deberán formularse por escrito dirigido a la Presidencia del Consejo General en cualquier momento durante el ejercicio natural, comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.
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