Tipos de proyecto:
• Creación de actividad económica a.1) Emprendedores (inversión >10.000€, antigüedad <2 años, facturación <50.000€ en 12 meses anteriores). Régimen de mínimis. a. 2) Pequeñas Empresas (inversión > 30.000€). a.3) Medianas Empresas (inversión > 50.000€, creación de nuevos establecimientos, al menos 1 empleo indefinido).
• Mejora de la competitividad empresarial b.1) Proyectos de inversión para la mejora de la competitividad promovidos por PYMES (inversión >30.000€, que generen empleo indefinido o contribuyan a mantenimiento).
• Generación de empleo c.1) Proyectos altamente generadores de empleo (sólo PYMES, inversión > 40.000€, al menos un empleo indefinido por cada 20.000€ inversión; a partir 100.000€, al menos un empleo indefinido por cada 100.000€ adicionales). Posibilidad de que se presenten algunos sectores que no sean puramente industriales.
• Servicios avanzados d.1) Proyectos de incorporación de servicios avanzados para la gestión empresarial (sólo PYMES, inversión > 6.000€). d.2) Iniciativas de dinamización empresarial (sólo PYMES, inversión > 10.000€). d.3) Soporte técnico para la realización de proyectos de cooperación empresarial en Andalucía (sólo PYMES, asociaciones y fundaciones; presupuesto >6.000€).
• Transformación digital de pymes e.1) Proyectos de servicios avanzados para la transformación digital de las PYMES. Comercio electrónico, marketing digital, digitalización procesos negocio, confianza digital. Presupuesto 6.000€. Régimen de mínimis.
Requisitos de los proyectos: Efecto incentivador; Cumplir criterios FEDER; Mantenimiento de las inversiones 3 años. En la adquisición de bienes inscribibles en un registro público (terrenos y obra civil) se deberán mantener durante 5 años; Contribución mínima del beneficiario del 25% de la inversión subvencionable.
Conceptos financiables:
• a), b) y c): Terrenos (importe inferior a 10% inversión total subvencionable); Urbanización; Traídas y acometidas de servicios; Naves y construcciones; Bienes de equipo de proceso; Bienes de equipo auxiliares e instalaciones; Equipos informáticos o de Infraestructura TIC; Software, excepto licencias informáticas de sistemas operativos u ofimática; Honorarios ingeniería, dirección obra, estudios seguridad, medioambientales...; Activos fijos inmateriales: patentes, licencias explotación...; Gastos de constitución (sólo en líneas a.1 y a.2); Arrendamiento activos materiales (bajo determinadas condiciones).
• d.1), d.2) y d.3): gastos de consultoría.
• e.1): equipos informáticos, TIC, licencias software, consultoría, servicios en la nube.
Dotación económica: Subvención a fondo perdido. Concurrencia no competitiva. Rangos de intensidad de la ayuda según características del proyecto y tamaño de la empresa: a): 30%-45%; b) y c): 25%-45%; d): Ver anexo II Orden Bases; e): 50%.
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