Beneficiarios: Centros Tecnológicos, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que sean PYMES con arreglo a la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Que sean asociaciones empresariales privadas.
- Que estén válidamente constituidos en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
- Que desarrollen las actividades no económicas dentro del ámbito geográfico de Región de Murcia, mediante un centro de trabajo en la Región de Murcia.
- Que ostenten la condición de organismo de investigación y difusión del conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.carm.es/ris3), siempre que se encuadren en el objeto, requisitos y costes elegibles del programa específico anexo a la orden reguladora.
Dotación económica: 247.000,00 €.
Plazo de solicitud: hasta el 3 de febrero de 2019.