Objetivos:
• Promover actividades de investigación y desarrollo que cumplan las siguientes condiciones:
o las actividades se llevan a cabo mediante la colaboración transnacional de PYME que realicen actividades de investigación y desarrollo entre sí o que incluyan a otros agentes de la cadena de la innovación (por ejemplo, universidades, organizaciones de investigación);
o se espera que los resultados de una actividad se introduzcan en el mercado en los dos años siguientes a su finalización.
• Incrementar la accesibilidad, eficiencia y eficacia de la financiación pública de las PYME en Europa mediante la coordinación, armonización y sincronización de los mecanismos de financiación nacionales de los Estados participantes.
• Fomentar e incrementar la participación de PYME sin experiencia previa en el ámbito de la investigación transnacional.
Beneficiarios: Empresas que desarrollen los proyectos de investigación y desarrollo aprobados por la Secretaría de Eureka en la décima convocatoria del Programa Eurostars-2, siempre y cuando la Secretaría les haya comunicado expresamente que cuentan con financiación nacional asegurada mediante subvención.
Proyectos subvencionables: Los proyectos subvencionables podrán comprender actividades de desarrollo experimental y/o de investigación industrial, según las siguientes definiciones, contempladas en el Reglamento general de exención por categorías:
• Desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios; el desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación; el desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.
• Investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
Plazo de presentación de solicitudes: del 29 de enero al 14 de febrero de 2019
Dotación económica: 5.600.000€
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