Beneficiarios:
• Las personas candidatas deben haber obtenido el título de doctor entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2016 (se entiende como fecha de obtención del doctorado la fecha de lectura y aprobación de la tesis).
• El periodo de obtención del título de doctorado puede ser del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2016 si se justifica cualquiera de estos supuestos durante este periodo: Haber disfrutado de un periodo de baja por maternidad o paternidad. Haber tenido a cargo a menores de 6 años o personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, o personas mayores de 65 años que dependan de la persona beneficiaria y requieran una dedicación especial. Haber sufrido una enfermedad grave o un accidente con una baja médica igual o superior a seis meses. Ser un investigador que tenga reconocido el estatus de persona refugiada según la Convención de Ginebra de 1951.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes provisionales por parte de las personas investigadoras es desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC hasta el día 4 de marzo de 2019 a las 14:00 h hora local de Barcelona.
Dotación económica: 8.658.000€
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