Beneficiarios: Podrán acogerse a las citadas ayudas los agricultores cuyas explotaciones agrarias estén situadas en su totalidad o en su mayor parte en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; o en el caso de no disponer de superficie agraria cuando el mayor número de animales de explotación se encuentren en la Comunidad Autónoma de Andalucía, entendiéndose por agricultor la definición establecida en el Reglamento (UE) núm. 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en su artículo 4.1 letra a) y que cumplan los requisitos de sus bases reguladoras.
Dotación económica: 1.319.809.754,27€
Plazos de solicitud: desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2019
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