Beneficiarios: Podrá acceder a la subvención el joven agricultor que se establece en una explotación agraria por primera vez como titular de la explotación. Podrá establecerse de forma individual o junto con otros agricultores y agricultoras, en cualquier forma jurídica.
Si el joven agricultor se instala de forma individual, para ser beneficiario de estas ayudas tendrán que cumplirse los siguientes requisitos, entre otros:
• No haber sido titular de una explotación agraria inscrita por primera vez en el registro de explotaciones agrarias con anterioridad a los 24 meses previos a la presentación de la solicitud
• Tener una edad igual o superior a los dieciocho años y no haber cumplido los cuarenta y uno en el momento de la solicitud
• Encontrarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda Estatal y Autonómica y la Seguridad Social, siendo requisito previo tanto para la concesión de la ayuda como para su pago
• Contar con la capacidad y las competencias profesionales o académicas adecuadas en el momento de la solicitud
Dotación económica: 15.000€. Dicha prima básica se podrá incrementar hasta un máximo de 70.000 euros, en función que en el Plan Empresarial estén previstos gastos para la puesta en marcha de la explotación, o cualquiera de las circunstancias que se detallan en la convocatoria
Plazos de solicitud: desde el 12 de marzo hasta el 12 de abril de 2019
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