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Convocan ayudas a empresas y centros de investigación del Principado de Asturias para el apoyo a la transferencia de conocimiento y tecnología en el año 2020

Tiene como finalidad apoyar la transferencia de conocimiento y tecnología en el año 2020, para las actuaciones realizadas en las anualidades 2018 a 2020, en alguna de las tres modalidades establecidas en las bases reguladoras de estas ayudas: transferencia transnacional de tecnología, valorización de tecnología, misiones internacionales. Dotación económica: 800.000 €.
Período: 27/10/2020 - 09/11/2020 Entidad Financiera: Gobierno de Asturias Tipo de ayuda: Convocatorias - Subvención Beneficiarios: Empresas y centros de investigación del Principado de Asturias   Más información

Entidades beneficiarias:

Modalidades A.—Transferencia de tecnología transnacional y B.—Valorización de tecnología:


1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.
5. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
6. Empresas.
7. Agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.
8. Uniones temporales de empresas (UTE).
9. Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.

Modalidad C.—Participación en misiones internacionales:


1. Agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.

Dotación económica: La cantidad destinada a la financiación de la convocatoria de ayudas asciende a ochocientos mil euros (800.000 €), con cargo al presupuesto de FICYT.

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